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A partir de este sábado 13 de junio se autorizan nuevas actividades como apertura de museos, bibliotecas y celebraciones religiosas
LA INTENDENTE MUNICIPAL, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES LEGALES ATRAVES DEL DECRETO 47/2020 DECRETA:
Art. 1º) Dispóngase autorizar a partir de las cero horas (00:00hs) del día sábado 13 de junio de 2020 las actividades que se mencionan en los art. 2 y 3 del presente Decreto.
Art. 2º) Dispóngase la apertura al público en horarios comerciales de los museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica dependientes de la Provincia, cumplimentando los Prevención, con las siguientes pautas y condiciones:
a) con sistema de turnos previos,
b) con una presencia simultánea que no sea superior a diez (10) personas.
La apertura de los museos y bibliotecas que no dependan de la Provincia, sean públicos estatales o privados, será dispuesta previa presentación y aprobación de los protocolos correspondientes por la autoridad sanitaria y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social;
Art. 3º) Establézcase que en las reuniones y celebraciones religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de cultos, la concurrencia simultánea permitida es de hasta diez (10) personas; en los horarios de Lunes a Domingo de 14:00hs. hasta 21:00hs.
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