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Ansés recuerda a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo que deben realizar la presentación anual de la Libreta/Formulario PS.1.47 en sus oficinas y con turno previo. Un repaso de los detalles
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Ansés) emitió un comunicado en el que brinda detalles explicativos a tener en cuenta por los titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH). En el mismo recorda que deben presentar anualmente en las oficinas del organismo y con turno previo la Libreta/Formulario PS.1.47 completo, que acredita la escolaridad de los niños y los controles de salud y calendario de vacunación al día; y especifica que tienen tiempo para hacerlo desde el primer día hábil del año al último.
En en el texto menciona además que la persona a cargo del niño o adolescente podrá descargar del sitio web de la Ansés, www.anses.gob.ar, el Formulario PS.1.47, completarlo y firmar en la sección "declaración jurada del adulto responsable" para informar su situación laboral. Asimismo, deberá acercarse al establecimiento educativo donde concurre el menor para que le completen los datos correspondientes en la sección "educación" y certifiquen el cumplimiento del ciclo lectivo. Este ítem es obligatorio para los mayores de 5 años, no discapacitados.
Con respecto a la sección "vacunas y controles de salud", el titular deberá presentarse en el hospital o establecimiento de salud más cercano a su domicilio, para que los profesionales indiquen el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación. Los niños menores de 5 años deben estar inscriptos en el Plan Sumar.
Solicitud de turno
Una vez que el titular cuenta con la libreta/formulario completo, deberá solicitar un turno para su presentación en las oficinas de la Ansés desde www.anses.gob.ar, sección "accesos rápidos", opción "turnos", o llamando al 130.
La AUH consta de un pago de $1412 por cada hijo menor de 18 años hasta un máximo de 5 hijos. El 80% ($1129,60) se abona en forma mensual y el 20% ($282,40) restante acumulado se liquida contra presentación del formulario PS 1.47 al año siguiente.
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