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Ante la difícil situación epidemiológica que atraviesa la ciudad de Vera, el ejecutivo municipal a través del Decreto 93/2020 extiende las restricciones para algunas actividades comerciales y sociales.
Debido al aumento importante de casos positvos, el municipio dispuso las siguientes medidas restrictivas:
Art. 1º) Dispóngase que desde las 00:00 horas del día Jueves 26 de Noviembre y hasta las 23:59 horas del día Miércoles 02 de Diciembre de 2020 inclusive, los bares, restaurantes y heladerías funcionen solamente con modalidad de Delivery desde las 08:00 horas hasta las 00:00 horas.-
Art. 2º) Dispóngase que la modalidad delivery pueda llevarse a cabo desde las 08:00hs. hasta las 00:00hs durante el periodo comprendido entre las 00:00 horas del día Jueves 26 de Noviembre, hasta las 00:00 horas del día Miércoles 02 de Diciembre de 2020 inclusive, con excepción de las farmacias, estaciones de servicios de expendio de combustible, centros de salud, servicios de agua, luz y energía, y personal de tareas esenciales.-
Art. 3º) Dispóngase que desde las 00:00 horas del día Jueves 26 de Noviembre y hasta las 00:00 horas del día Miércoles 02 de Diciembre de 2020 inclusive los horarios habilitados para comercios se establezcan en los días y horarios de Lunes a Domingos de 08:00hs. a 22:00hs. Los comercios de cercanía de 08:00 hs. A 00:00 hs.
Art. 4º) Dispóngase que desde las 00:00 horas del Jueves 26 de Noviembre y hasta las 00:00 horas del día Miércoles 02 de Diciembre de 2020 inclusive, quede suspendida la apertura de las cancha de futbol 5 y toda actividad deportiva habilitada que concentre más de 2 personas.-
Art. 5º) Dispóngase que desde las 00:00 horas del día Jueves 26 de Noviembre y hasta las 00:00 horas del día Miércoles 02 de Diciembre de 2020 inclusive, quede suspendida la permanencia de personas en espacios públicos incluyendo el polideportivo, autorizándose desde 08:00 horas a 22:00 horas solamente la circulación por los mismos.-
Art. 6º) Dispóngase la suspensión de fiestas infantiles desde las 00,00 horas del día Jueves 26 de Noviembre hasta las 00,00 horas del día Miércoles 02 de Diciembre de 2020 inclusive.-
Art. 7º) Dispóngase la suspensión de actividades en Academias de Danzas y de Academias de Idiomas, desde las 00:00 horas del día Jueves 26 de Noviembre y hasta las 00:00 horas del día Miércoles 02 de Diciembre de 2020 inclusive.-
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