DIC
A través de la Secretaría de Gobierno, la Municipalidad de Vera recuerda la vigencia de la Ordenanza N° 1923/18, la cual establece la prohibición de la pirotecnia de estruendo en toda la jurisdiccion de este municipio.
Dicha norma establece la prohibición en el ámbito de la ciudad de Vera, la comercialización, tenencia, uso, manipulación, depósito, circulación y transporte de aquellos productos definidos en la Ley Nacional Nº 24.304 en su Art. 2º inc. 2 como “Artificios pirotécnicos de alto poder y de venta limitada a mayores de 16 años”.
El incumplimiento o trasgresión a la presente ordenanza, hará pasible a los titulares de los establecimientos, instituciones, asociaciones o personas físicas o jurídicas en los casos que se verifique la infracción, de la aplicación de diferentes sanciones, que van desde multas, hasta la clausura temporaria de establecimientos.
El texto completo de la Ordenanza se encuentra en: http://municipalidadvera.com/ordenanza-prohibicion-de-pirotecnia-de-estruendo/
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