MAR
A través del Decreto Nº 12/2020, se prohíbe a partir del día de la fecha hasta el 31 de marzo, inclusive, la apertura de todo establecimiento y/u oficina comercial y/o de prestación de servicios ubicados en la jurisdicción de Vera, con excepción de aquellos que cuenten con habilitación municipal .
Los autorizados son los comercios para la elaboración, suministro y comercialización de alimentos de primera necesidad, medicamentos, artículos de limpieza e higiene, expendio de combustibles, venta de gas envasado, servicio funerario, servicio postal y de distribución de encomiendas, establecimientos para la atención de adultos mayores, servicio de salud, de comunicación audiovisual y/o telecomunicaciones los cuales deberán cumplir las medidas de higiene y distanciamiento dispuestas por los protocolos oficiales.
Link permanente a la noticia: