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Se decretó el receso para la administración pública municipal

La Intendente Municipal, Ing. Paula Mitre, decretó el receso para la administración pública municipal, para este día viernes 20 de marzo.

DECRETO Nº 11 / 2020.-

VISTO:El progresivo avance y deterioro de la situación sanitaria mundial, derivada de la Pandemia declarada por la OMS, generando inquietud y desasosiego generalizado en la población.

El fin de prevenir la saturación del sistema de salud de nuestra localidad, lo que traería aparejado perjuicios a la salud pública en general de la población, teniendo esta administración la obligación de atender y disminuir los efectos negativos.

CONSIDERANDO:                         
Que, la Municipalidad de Vera dispondrá el receso de la Administración Pública Municipal a partir de las cero horas (00:00hs) hasta las veinticuatro horas (24hs) del día viernes 20 de Marzo de 2020 próximo, excepto las áreas críticas y servicios públicos indispensables para afrontar la grave situación sanitaria que padece el mundo, el país y nuestra ciudad, las cuales se explicitan en la presente norma.

Que, el diseño de las guardias mínimas indispensables para mantener su funcionamiento, con la máxima reducción de agentes que fuere posible.

Que, con relación a los plazos administrativos para un orden armónico con las disposiciones procedimentales vigentes, los mismos quedan suspendidos a partir de la hora cero (00:00hs) del día viernes 20 de marzo del 2020 hasta las veinticuatro horas (24hs).

POR TODO ELLO, LA INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VERA, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS:

DECRETA

ART.1) DISPÓNESE receso administrativo el día viernes 20 de marzo de 2020, en el ámbito de la Administración Pública Municipal.

ART.2) DISPÓNESE, que las oficinas de la Administración Pública Municipal afectadas por el presente permanecerán cerradas y sin atención al público durante el periodo citado, y con las excepciones previstas en el presente Decreto.

ART.3) DECLÁRECE inhábil a los fines del procedimiento administrativo el día 20 de marzo de 2020.

ART.4) EXCLÚYESE de lo dispuesto en el artículo 1º:

a) Miembros del Gabinete Municipal,
b) Defensa Civil,
c) Áreas de Tránsito (Inspectores de Vía Pública),
d) Área de Servicios Públicos,
e) Áreas de Desarrollo Humano.ART.4) Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-



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