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No es necesario completar ningún trámite ya que el sistema automáticamente evalúa la situación particular de cada titular del servicio y define si puede o no percibir la tarifa diferenciada.
La secretaría de Estado de la Energía recuerda que, como lo informó oportunamente el gobierno nacional, los beneficiarios de la tarifa social federal surgen del entrecruzamiento de datos del listado de clientes de las empresas de gas y electricidad del país con el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (Sintys). El trámite es automático.
Por tal motivo, se recomienda verificar la titularidad del servicio, es decir, a nombre de quién se emite la factura por el consumo de gas o electricidad. Si este titular no reúne los requisitos enumerados por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación, no podrá contar con los beneficios de la tarifa social nacional.
REQUISITOS SOLICITADOS
<< Ser jubilado/a y/o pensionado/a y percibir haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilación mínima nacional: $ 9918 vigente desde marzo de 2016, según Resolución 28/2016 de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
<< Ser trabajador/a registrado/a con remuneración mensual bruta por un total menor o igual a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM): $ 12.120 según Resolución A 4/2015 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a partir de enero 2016.
<< Ser beneficiaria/o de programas sociales.
<< Estar inscripta/o en el régimen de monotributo social.
<< Ser empleada/o del servicio doméstico.
<< Estar percibiendo el seguro de desempleo.
<< Contar con certificado de discapacidad.
Vale recordar que quedan exceptuados quienes tengan el servicio a nombre de otra persona o de un cliente fallecido, sean titular de más de un inmueble, posean automotores de hasta 15 años de antigüedad, embarcaciones o aeronaves.
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