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Gil Lavedra cobrará $7.500 millones de Santa Fe

El abogado Ricardo Rodolfo Gil Lavedra cobró más de $2 millones de honorarios y acordó con Binner cobrar el 30% de lo reconocido a la provincia. Binner cuando era diputado nacional votó para que a Santa Fe le siguieran descontando el 15%.

Cuando Hermes Binner era gobernador contrató a los estudios Gil Lavedra y Bouzat para demandar a la Nación por la módica suma, inicialmente, de 2 millones de pesos más un 30% del monto recuperado. A pesar que la demanda fue preparada por el entonces Fiscal de Estado Jorge Barraguirre y los abogados de la fiscalía, Hermes Binner insistió en la contratación de los estudios de Buenos Aires para representar a la provincia.

Según los datos estimados por el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) a Santa Fe le deben devolver $19.967 millones más la actualización y los interés correspondientes que superarán en total los $25.000 millones.

El fallo de la Corte declaró inconstitucional el artículo 76 de la ley 26.078 votada en diciembre 2005 que autorizaba la deducción del 15% de la masa de impuestos coparticipables, sin el acuerdo de las provincias, para financiar a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Llamativamente, cuando uno mira el diario de sesiones de la Cámara de Diputados de la Nación ve claramente que en la votación nominal del artículo 76 los entonces diputados nacionales Hermes Binner, Silvia Augsburger, Eduardo Di Pollina y Pablo Zancada del socialismo santafesino votaron afirmativamente para que se realice el descuento a Santa Fe. Los únicos legisladores santafesinos que se opusieron fueron Alicia Tate y Susana García.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el voto de los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, ordenó al Estado Nacional: (1) cesar en forma inmediata de detraer esos fondos bajo apercibimiento de ordenar al presidente del Banco Nación que cumpla con la orden en el plazo de diez días; (2) devolver a las provincias la suma retenida indebidamente desde el 1° de enero de 2006 más los intereses que correspondan. A fin de hacer efectiva esta condena, la Corte Suprema fijó un plazo de 120 días para que las partes acuerden la forma y plazos en que el Estado Nacional reintegrará las sumas debidas a las provincias, con la advertencia de que, en caso de incumplimiento, la determinará el Tribunal en la etapa de ejecución de sentencia.

Fuente. Sin Mordaza 



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