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El gobernador dispuso la modificación del Consejo de la Magistratura. Según se informó oficialmente, “se busca un perfil de funcionario judicial conocedor de la práctica del derecho y se persigue la celeridad en el proceso de selección”.
El gobernador Miguel Lifschitz estableció un nuevo sistema para la designación de jueces al modificar el mecanismo previsto en el Consejo de la Magistratura “con el objetivo de encontrar un perfil de magistrado y de funcionario judicial que sea conocedor de la práctica del derecho”.
Del mismo modo, los cambios pretenden “obtener mayor celeridad a la hora de sustanciar los procesos de selección”, según se puede leer en los fundamentos del decreto que sienta las bases del nuevo procedimiento.
La norma se refiere a la selección de magistrados y funcionarios judiciales (fiscales y defensores del nuevo proceso penal y auditor general del Ministerio Público de la Acusación) que se realiza a través del Consejo de la Magistratura, el cual es definido como órgano asesor y consultivo del Poder Ejecutivo.
Detalles
El Consejo de la Magistratura funciona en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos pero sus integrantes son representantes de estamentos relacionados con el quehacer judicial -universidades públicas, Colegios de Abogados y Colegio de Magistrados- designados por sorteo para realizar las evaluaciones de los postulantes.
Una de las diferencias fundamentales entre el nuevo sistema y el anterior es que los concursos van a ser desarrollados por un mismo cuerpo de jurados, que se encargará de toda la actividad prevista para el concurso (ponderación de antecedentes, oposición y entrevista oral), mientras que antes existían dos instancias evaluativas integradas por jurados distintos.
Desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos explicaron que en la primera etapa, en la que se realiza la valoración de los antecedentes de los postulantes, se considerarán tanto los laborales como los académicos, dando preferencia a los primeros, y se tendrán en cuenta aquellos exclusivamente relacionados a la competencia material del cargo que se concursa, es decir los que reflejen experticia en la rama del derecho en la cual se pretende ejercer el cargo judicial.
Conjuntamente, en la prueba de oposición se apuntará a indagar respecto del conocimiento de los postulantes en la materia a concursar. Además se prevé una entrevista oral, concomitante con la oposición cuando ésta sea oral y dentro de los cinco días de culminada la oposición cuando ésta sea escrita. Al actuar un solo cuerpo de jurados, será más rápida la corrección de las pruebas y los evaluadores tendrán una visión integral de los postulantes, insistieron desde la cartera de Justicia y Derechos Humanos.
Por otro lado se ha previsto un régimen recursivo especial y más ágil. En cuanto al orden de mérito elevado por los jurados, el Poder Ejecutivo podrá seleccionar a cualquiera de los que integre la propuesta, mientras que en el modelo anterior la propuesta se elevaba alfabéticamente y sin orden de mérito.
Por último, cabe destacar que quedan excluidos de este nuevo procedimiento los nombramientos de los ministros de la Corte Suprema de Justicia, del Procurador general y de los Jueces Comunitarios.
Fuente: LT10
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