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04
OCT
MEDIA SANCIÓN AL PROYECTO DE LEY DE DESCANSO DOMINICAL PARA MERCANTILES

La Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción en su sesión de hoy a un proyecto de ley que establece el cierre obligatorio los domingos y feriados nacionales para comercios y empresas de servicios de la provincia.

La Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción en su sesión de hoy a un proyecto de ley que establece el cierre obligatorio los domingos y feriados nacionales para comercios y empresas de servicios de la provincia. 

La Cámara baja santafesina aprobó el proyecto con 38 votos favorables y 7 negativos, con lo cual el texto será girado ahora a la Cámara de Senadores para su tratamiento. 

Tras la sesión, el presidente del cuerpo, el diputado Luis Rubeo (FpV), señaló que ‘lo que busca esta iniciativa es igualar derechos y que los mercantiles puedan disfrutar del domingo como día de descanso y de encuentro con la familia‘. 

El legislador celebró la media sanción y afirmó que se trata de recuperar ‘un derecho que les había sido arrebatado a los trabajadores durante la última dictadura militar‘. 

‘Esta iniciativa ha acumulado un amplísimo consenso desde el sector gremial, empresarial y político‘, destacó. 

Por otra parte, consideró que ‘se trata de cambiar un poco el hábito de consumo, ya que las compras en los supermercados se podrán hacer hasta el sábado a las 10 de la noche‘. 

‘Hay que enfatizar que las farmacias, el sector gastronómico, los teatros, cines, ferias a cielo abierto y demás establecimientos vinculados al esparcimiento y los servicios públicos continuarán abriendo como lo vienen haciendo‘, reseñó. 

El artículo primero de la norma señala que los establecimientos comerciales y de servicios deben cerrar los domingos y feriados, y en el caso del 24 y el 31 de diciembre, el cese debe iniciarse desde las 16. 

La iniciativa no incluye a los comercios atendidos por sus propietarios (menos de 70 metros cuadrados de superficie), a los ubicados en terminales de transporte, y a los que trabajan en la distribución y venta de diarios y revistas. 

Tampoco afecta la actividad de casas de velatorio, empresas de telecomunicaciones, farmacias, salud, transporte y lugares de esparcimiento y comida, entre otros. 




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