AGO
culminaron en el decomiso animales silvestres, y el Secuestro de armas de fuego; semovientes y hechos de Abigeato.-
Sección Nº11 Esperanza Raíz controles prevencionales llevado a cabo por DGPSV Unidad Operativa Regional N°3 y elevada a ésa para su prosecución, donde detuvieron la marcha de un vehículo Pick-Up, Toyota, dominio FVJ-638, conducida por el C.E.P. masculino, quien transportaba once (11) bolsas al momento de la fiscalización; al consultarle por la procedencia de la mercadería contestó con evasivas. Seguidamente personal de ésa procedió a la Aprehensión de Paizal y el Secuestro y Desnaturalización de 500 Kg aprox. De carne vacuna, luego de ser examinado por facultativo. Recuperando Paizal su libertad. UFI – Rafaela.-
Sección Nº 13 Huanqueros En zona Ruta más precisamente altura “El Tigre”, zona rural Huanqueros, se identificó e intercepto a A.G.B de 27 años y D.E.M. de 37 años, los que transportaban tres (03) carpinchos , nueve (09) nutrias y dos(02)cola de yacaré se le labro acta de infracción a la ley pcial 4830 sin vida en una camioneta marca Renault modelo Kangoo Dominio DTP-162, procediéndose al decomiso y posterior desnaturalización en presencia de testigo. Interviene Secretaria de Estado Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable - Santa Fe.-
Sección Nº 11 Esperanza Se recibió en ésa y para su prosecución acta de procedimiento donde personal del Comando Radioeléctrico de la UR XI, en momentos de recorrida preventiva fueron convocados por la Central de Emergencias 911, solicitando presencia policial, donde se encontraba un equino suelto sin custodia alguna. Preventora se constituyó inmediatamente en un sector del ejido urbano, donde procedieron al secuestro preventivo de un equino pelaje bayo sexo hembra de 6 a 7 años de vida sin marca visible. De diligencias practicadas, se hace comparecer al Sr. J. de 54 años, quien lo reconoció como de su propiedad, haciendo entrega en carácter de deposito judicial y labro acta infracción art. 98 de la ley Nº 10.703 CF y se la notificó de la Infracción de marras. Interviene Juzgado de Faltas – Esperanza.-
Sección Nro. 10 Cañada de Gomez, labró un Acta de Constatación SENASA al conductor de una pick up marca Ford, F100, identificado como R. M., de 59 años, oriundo de Villa Eloisa, tras verificarse que remolcaba un acopladito tipo vaquero transportando un animal equino, sexo macho, pelaje tordillo, de dos años de edad, de unos 350 kilogramos aproximadamente, sin la correspondiente Habilitación SENASA para el transporte y certificado de lavado y desinfección, conforme a los preceptos estatuidos en el Art. 3 Resolución 97/99, Art. 5 Resol 178/01 y Art. 18 Resol.58/01. Interviene la Oficial Local de SENASA de la ciudad de Cañada de Gómez.Siguiendo con los patrullajes se, procedió al traslado de CINCO individuos mayores de edad, identificados como F. R, de 23 años de edad, I. C, de 19 años de edad, G. C, de 21 años de edad, D. M., de 20 años de edad, M. C., de 21, todos oriundos de la ciudad de Las Parejas, quienes dentro del campo propiedad del Sr. FERMI, situado a unos 20 kilómetros de la ciudad de Cañada de Gómez, ejecutando acciones de caza furtiva con perros entrenados fuera de la época de habilitación de caza deportiva de la especie Liebre, sin la debida autorización y/o en anuencia del propietario o responsable de la explotación rural, licencia o carné habilitante para el ejercicio de medios de búsqueda, persecución o captura de animales de la fauna silvestre expedida por la autoridad competente. Interviene el Juzgado de Faltas Circuito Nro. 6 de Cañada de Gómez y Secretaria de Medio Ambiente dependiente del Ministerio de Medio Ambiente.Y finalizando con múltiples identificaciones vehiculares y/o de personas, al igual que entrevistas a productores agropecuarios del distrito rural de la localidad de Villa Eloisa, procedieron al traslado de tres individuos mayores de edad, identificados como C. G., de 34 años de edad, L. V., de 25 años de edad, I. B, de 48 años de edad, todos oriundos de la ciudad de Carcaraña (sorprendidos a principios del mes de julio pasado dentro de la heredad del Sr. PIJUAN, situado en Cañada de Gómez), quienes se hallaban en el interior de un campo, situado a unos 10 kilómetros de la planta urbana de esa localidad, ejecutando acciones de caza mediante la utilización de perros de búsqueda, fuera de la época de habilitación de caza deportiva de la especie Liebre, sin la debida autorización y/o en anuencia del propietario o responsable de la explotación rural, licencia o carné habilitante para el ejercicio de medios de búsqueda, persecución o captura de animales de la fauna silvestre expedida por la autoridad competente. Interviene el Juzgado de Faltas Circuito Nro. 6 de Cañada de Gómez y Secretaria de Medio Ambiente dependiente del Ministerio de Medio Ambiente.
Link permanente a la noticia: