FEB
Operativos en prevención de delitos y contravenciones, culminaron con el secuestro de especies ictícolas ; artes de pesca, animales vacunos; tentativa de documento público falso y varios infractores.
Sección Nº 14 San Javier: Raíz Operativo control vehicular conforme orden operacional DOP, en la intersección Rutas Nº 39 y 72 Loc. La Brava se procede a la detención de la marcha de un camión conducido por un hombre mayor de edad, el mismo transportaba productos comestibles e incomestibles en un mismo ambiente (decreto PEN Nº 1714) .prohibición de almacenamiento de prod. Comestibles e incomestibles, al cual se lo notifico de la infracción a resolución de SENASA; dichas actuaciones fueron elevadas a la oficina del Órgano interviniente. Interviene SENASA de San Javier. Continuando con los patrullajes preventivos en isla Dpto. Garay se labraron tres (03) actas de comprobación a tres hombres mayores de edad, procediéndose al secuestro de una (01) red de pesca fuera de medida y el decomiso y desnaturalización de cuatro ciento setenta (470) sábalos seguidamente se los notifico a los infractores de la infracción ley Pcial. Nº 12212. Intervine la Oficina de caza y pesca de Santa Fe.
Sección Nº 16 San Justo: Raíz de comunicación telefónica de un hombre mayor de edad; que en su campo actualmente sembrado con soja, habían ingresado diez (10) vacunos de distintas categorías; desconociendo propietario; seguidamente personal de esta se constituyó en el campo y se procedió al secuestro y tras tareas investigativas se estableció el propietario los cuales fueron entregados en depósito judicial a quien dijo ser de su propietaria una mujer mayor de edad; a quien se la notifico por la infracción al art. 120 de la ley Nº 10.703.Interviene la J.F San Justo
Sección Nº 1 Destacamento Arroyo Leyes: A raíz de patrullajes preventivos se procedió al chequeo de un vehículo tipo pick-up, color blanca ; cabina simple marca Chevrolet, quien era conducido por una mujer mayor de edad quien transportaba cuarenta (40) sábalos; diecinueve (19) Kgs. aprox. De bagre; trece (13) surubí; tres (03) dorados; es dable mencionar que los pescados en cuestión van distribuidos en tres tachos de plástico sin hielo y la camioneta carece de equipo de frio procediéndose al decomiso de los ejemplares por carecer de licencia habilitante para la actividad desarrollada seguidamente fue notificada de la infracción ley Pcial. Nº 12212. Interviene la Oficina de caza y pesca de Santa Fe.
Sección Nº 19 Vera: personal de esta junto a personal de Sección Caballería y División de esta Dirección cumpliendo orden operacional Nº 050/17, ordenada por la superioridad a través de control vehicular en ruta Nac. 98 Km, 25.500 zona rural de loc Las Gamas procedieron al cheque de un camión con acoplado, el que se encontraba a 500 metros del propio control policial, al visualizar en su interior un hombre mayor de edad que estaba confeccionando lo que podría ser una carta de porte, quien al observar a los uniformados se pone incómodo y nervioso; consultado por su carga y procedencia, presenta carta de porte, con algunos de sus casilleros vacíos y otros rellenados en letras manuscritas con birome negra, consultado por código de trazabilidad de granos, mediante mensaje al usuario 2347, como resultado “No se encuentra CGT activo, seguidamente se procede al secuestro preventivo de 30.000 Kgs.
De maíz a granel y carta de porte y un camión con acoplado hasta sede policial donde previa consulta con fiscal de turno ordenó; se le forme causa por averiguación de procedencia y tentativa de uso de documento público falso., en estado de libertad. Continuando con control vehicular se procedió al cheque de un camión con acoplado , presentando carta de porte que ampara la carga, personal consulto por código de trazabilidad mediante mensaje de texto al usuario 2347, arrojando co como resultado que “No se encuentra CTG activo y es inexistente”, procediéndose al secuestro preventivo de 42.170 Kgs.
De girasol granel; carta de porte y un camión c/acoplado, siendo trasladados por razones de jurisdicción a sede policial al fin de proceder con diligencias procesales, consultado con fiscal en turno; ordeno se forme causa al encartado por se le forme causa por averiguación de procedencia y tentativa de uso de documento público falso y se lo notifique en estado de libertad. Se prosiguen diligencias: Interviene la UFI de Vera.
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