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FEB
SE EXTENDIÓ EL PLAZO PARA REALIZAR LA ADHESIÓN AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO

El plazo para la adhesión y el pago de la primera cuota o total anual fue prorrogado hasta el vencimiento de la cuota correspondiente a febrero, que opera entre el 13 y el 16 de marzo, según la terminación del Cuit del contribuyente

A raíz del alto nivel de adhesiones efectuadas en los últimos días, que superaron los 4.000 registros diarios, el Ministerio de Economía decidió extender el plazo para la realización del trámite. “A cifras del viernes pasado, contamos con 53.227 contribuyentes adheridos, lo cual nos parece un muy buen número, teniendo en cuenta que el registro se habilitó en un mes con poca actividad laboral, como lo es enero. Por esta razón y para facilitar la realización del trámite decidimos extender el plazo hasta el vencimiento de la cuota del mes de febrero, que según el Cuit del contribuyente puede ocurrir del 13 al 16 de marzo”, manifestó Gonzalo Saglione, ministro de Economía de la provincia, Gonzalo Saglione.

“En general estamos beneficiando a los sectores de menores ingresos, y esto se pone de manifiesto en los datos que disponemos, ya que el 50% de los contribuyentes se adhirieron en la categoría más baja, declarando una facturación promedio de $57.000 anuales, lo que significa un monto mensual de 4.750 pesos”, afirmó Saglione.

El 50% de las adhesiones se registraron en la categoría I, que es la que reúne a aquellos contribuyentes con facturación anual inferior a $100.000; el 27% se registró en la categoría II, con una facturación superior a $100.000 e inferior a $200.000; el 11% en la categoría III, con una facturación superior a $200.000 e inferior a $300.000; mientras que el 12% restante se adhirió en las categorías IV a VIII informando ingresos gravados superiores a $300.000 e inferiores a $1.000.000.

Entre las actividades que desarrollan quienes se adhirieron al Régimen Simplificado, el 40% desarrolla actividades de comercio al por menor, el 24% servicios comunitarios, sociales y personales, y el 12% servicios inmobiliarios, empresariales y de alquiler. El restante 26% se reparte entre las actividades de lavado, reparación y mantenimiento de vehículos; servicios relacionados con la construcción, la hotelería y los restaurantes, la agricultura, la enseñanza y los servicios sociales y de salud.

Esta nueva manera de tributar, aprobada en diciembre de 2016 a través de la Ley 13.617, por iniciativa del gobierno de la provincia de Santa Fe, e implementada el 16 de enero pasado, facilita y agiliza la determinación y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a personas físicas, sucesiones indivisas y sociedades de hecho que tengan hasta tres socios, que hayan facturado menos de $ 1.000.000 en 2016. Además, el contribuyente no debe estar incluido en el Convenio Multilateral, ni debe ser comerciante mayorista, importador de bienes y servicios, ni su actividad debe estar alcanzada por alícuotas y bases imponibles especiales.

RETENCIONES Y/O PERCEPCIONES
Desde el Ministerio de Economía precisaron también que, “dado que los contribuyentes no serán objeto de retenciones y/o percepciones del impuesto sobre los Ingresos Brutos, quedando excluidos del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (Sircreb), luego de realizar el registro deberán presentar la Constancia de Adhesión a los Agentes de Retención y/o Percepción para acreditar tal situación”, manifestó el secretario de Ingresos Públicos, Sergio Beccari.

Por su parte, Beccari informó también que “para aquellos contribuyentes que sufrieron retenciones a través de Sircreb con posterioridad a la adhesión al Régimen, las mismas serán automáticamente devueltas a través del banco, sin necesidad de realizar trámite alguno. Estamos desarrollando también una aplicación para que el contribuyente que presente saldo a favor, ingresando con Cuit y clave fiscal de Afip, pueda solicitar la imputación de su saldo al pago anual del Régimen Simplificado o a algunas cuotas del mismo”.

MAS INFORMACIÓN:
Para más información se puede recurrir a wwww.santafe.gob.ar/regimensimplificado, allí se encuentra disponible una Guía paso a paso y a una serie de preguntas frecuentes. Para consultas se puede recurrir a la dirección de correo electrónico regimensimplificado@santafe.gob.ar




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