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Giaccone, Arcando y Cappiello sumaron fuerzas en beneficio de la gratuidad
El día jueves 27 de diciembre de 2018, el Poder Ejecutivo Provincial registró como Ley Nº 13.811, promulgó y publicó en el Boletín Oficial para su plena vigencia la iniciativa que la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, por unanimidad en ambas Cámaras, en sumarísimo trámite, primero Diputados y luego el Senado una hora después, había sancionado con fuerza de Ley el día jueves 22 de noviembre de 2018 como Proyecto (Expediente 33067 CD-DB) (Tratamiento Conjunto de los Expedientes: 32908 CD-BJS, 33051 CD-CSF-PF y 34807 SEN) de las diputadas: Claudia Alejandra Giaccone (JSF) y Cesira Arcando (FE-CSF), y del senador socialista Miguel Ángel Cappiello (PS-FPCS-Rosario), respectivamente, por el cual, a través de 7 artículos cuidadosamente elaborados, corregidos, mejorados y aumentados como consecuencia de la unificación, se adhiere a la Ley Nacional Nº 27.351 y se otorga el beneficio de la gratuidad del servicio de energía eléctrica a aquellas personas que sean “electrodependientes por cuestiones de salud”.
Se denomina “electrodependientes por cuestiones de salud” a aquellas personas que necesitan de un servicio de energía eléctrica constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar los equipos eléctricos prescriptos por un médico y, de esta manera, no poner en riesgo sus vidas o su salud, motivo por el cual “gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito”.
Se exceptúa del pago de regímenes de ahorro e incentivo o de cualquier otro gravamen ajeno al consumo directo de energía dispuesto por la empresa prestataria. Quedan eximidos también del pago de los derechos de conexión.
Los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud, tendrán garantizado el servicio eléctrico en forma permanente y, para ello, “los medidores deberán ser identificados de manera tal que se diferencien del usuario regular”.
Previendo la posibilidad de que, por causas de fuerza mayor, el servicio eléctrico se viera interrumpido, la Empresa Provincial de la Energía (EPE) deberá otorgarle a cada usuario, al momento de ser categorizado como “electrodependiente”, un grupo electrógeno sin cargo, capaz de brindar la energía eléctrica necesaria para satisfacer las necesidades del usuario, en virtud de los registros promedios que registre. Se crea el Registro Provincial de “Electrodependientes por Cuestiones de Salud”.
Se incluye a aquellas personas que padecen enfermedades permanentes o crónicas diagnosticadas cuyo tratamiento adecuado demande un mayor consumo de energía eléctrica, al requerir equipamiento o infraestructura especial, como también a las que deben conservar los medicamentos que necesitan cadena de frío de un determinado rango de temperatura para mantenerlos en condiciones aptas para su utilización.
Resulta paradójico que “mientras el Estado Provincial se hace cargo íntegramente de la salud de las personas cuando se encuentran hospitalizadas, no tenga injerencia cuando se trasladan a sus hogares presentando consumos extraordinarios de energía eléctrica”, fundamentaron en coincidencia la diputada justicialista Claudia Alejandra Giaccone (JSF), la diputada provincial Cesira Arcando (FE-CSF) y el senador socialista Miguel Ángel Cappiello (PS-FPCS-Rosario) el Proyecto de Ley (Expediente 33067 DB) (Tratamiento Conjunto de los Expedientes: 32908 CD-BJS, 33051 CD-CSF-PF y 34807 SEN), que consta de 7 artículos, sancionado en forma definitiva por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe el día jueves 22 de noviembre de 2018, primero en Diputados y una hora después en el Senado, por unanimidad en ambas Cámaras, comunicándose la flamante norma al Poder Ejecutivo para su promulgación; no sin antes destacar que “en el Congreso de la Nación ha sido consagrada como Ley Nº 27.351, siendo sancionada con la aprobación de ambas Cámaras, por unanimidad”.
En función de ello, el Poder Ejecutivo Provincial registró la iniciativa como Ley Nº 13.811, promulgó y publicó en el Boletín Oficial el día jueves 27 de diciembre de 2018, no sin antes aclarar que la reglamentación se realizará en un término no mayor a noventa (90) días a partir de su promulgación, quedando facultado a instrumentar la implementación gradual en los términos previstos en el artículo 6º de la Ley Nacional Nº 27.351 “Ley de Electrodependientes por Cuestiones de Salud”, priorizando aquellos casos que revistan mayor gravedad y/o dificultad de acceso a los centros de salud, según relevamiento de la Autoridad de Aplicación.
Fuente: Susana Goris
Se denomina “electrodependientes por cuestiones de salud” a aquellas personas que necesitan de un servicio de energía eléctrica constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar los equipos eléctricos prescriptos por un médico y, de esta manera, no poner en riesgo sus vidas o su salud, motivo por el cual “gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito”.
Se exceptúa del pago de regímenes de ahorro e incentivo o de cualquier otro gravamen ajeno al consumo directo de energía dispuesto por la empresa prestataria. Quedan eximidos también del pago de los derechos de conexión.
Los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud, tendrán garantizado el servicio eléctrico en forma permanente y, para ello, “los medidores deberán ser identificados de manera tal que se diferencien del usuario regular”.
Previendo la posibilidad de que, por causas de fuerza mayor, el servicio eléctrico se viera interrumpido, la Empresa Provincial de la Energía (EPE) deberá otorgarle a cada usuario, al momento de ser categorizado como “electrodependiente”, un grupo electrógeno sin cargo, capaz de brindar la energía eléctrica necesaria para satisfacer las necesidades del usuario, en virtud de los registros promedios que registre. Se crea el Registro Provincial de “Electrodependientes por Cuestiones de Salud”.
Se incluye a aquellas personas que padecen enfermedades permanentes o crónicas diagnosticadas cuyo tratamiento adecuado demande un mayor consumo de energía eléctrica, al requerir equipamiento o infraestructura especial, como también a las que deben conservar los medicamentos que necesitan cadena de frío de un determinado rango de temperatura para mantenerlos en condiciones aptas para su utilización.
Resulta paradójico que “mientras el Estado Provincial se hace cargo íntegramente de la salud de las personas cuando se encuentran hospitalizadas, no tenga injerencia cuando se trasladan a sus hogares presentando consumos extraordinarios de energía eléctrica”, fundamentaron en coincidencia la diputada justicialista Claudia Alejandra Giaccone (JSF), la diputada provincial Cesira Arcando (FE-CSF) y el senador socialista Miguel Ángel Cappiello (PS-FPCS-Rosario) el Proyecto de Ley (Expediente 33067 DB) (Tratamiento Conjunto de los Expedientes: 32908 CD-BJS, 33051 CD-CSF-PF y 34807 SEN), que consta de 7 artículos, sancionado en forma definitiva por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe el día jueves 22 de noviembre de 2018, primero en Diputados y una hora después en el Senado, por unanimidad en ambas Cámaras, comunicándose la flamante norma al Poder Ejecutivo para su promulgación; no sin antes destacar que “en el Congreso de la Nación ha sido consagrada como Ley Nº 27.351, siendo sancionada con la aprobación de ambas Cámaras, por unanimidad”.
En función de ello, el Poder Ejecutivo Provincial registró la iniciativa como Ley Nº 13.811, promulgó y publicó en el Boletín Oficial el día jueves 27 de diciembre de 2018, no sin antes aclarar que la reglamentación se realizará en un término no mayor a noventa (90) días a partir de su promulgación, quedando facultado a instrumentar la implementación gradual en los términos previstos en el artículo 6º de la Ley Nacional Nº 27.351 “Ley de Electrodependientes por Cuestiones de Salud”, priorizando aquellos casos que revistan mayor gravedad y/o dificultad de acceso a los centros de salud, según relevamiento de la Autoridad de Aplicación.
Fuente: Susana Goris
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